ENCUESTA

jueves, 24 de mayo de 2012

GENETICA FORENSE

 IMPORTANCIA MÉDICO LEGAL DE LAS BASES DE DATOS DE ADN


En los Estados de Derecho, la identificación humana surge básicamente como una necesidad civil y penal, aunque directamente relacionada con otras esferas del derecho, donde la identificación se asume como correcta (piénsese en operaciones mercantiles, de derecho internacional, financieras, etc.).
Pero además de una necesidad legal, la identificación humana, saber con seguridad absoluta quién es cada persona o en qué grupo familiar encaja, es una necesidad social y, más aún, humana a la que no podemos sustraemos desde la medicina y el derecho.
Desde tiempos inmemoriales, el ser humano ha tratado de identificar e identificarse por los medios disponibles en cada momento. El propio uso de nombres donde se cita la ciudad de origen (Tales de Mileto, Erasmo de Rotterdam) no es sino un intento de filiar adecuadamente a las personas o de aportar detalles que los identifiquen con más exactitud.
Desde las descripciones someras, pero exactas, que se incluían en algunos salvoconductos medievales, hasta el análisis de regiones genéticas hipervariables del ADN no codificante o a las variaciones interindividuales en el iris, mucho ha evolucionado la humanidad. No cabe duda de que el primer gran avance en identificación lo supuso, a finales del siglo XIX y principios del XX, la introducción del uso de las huellas dactilares y de la lofoscopia en general. Las huellas dactilares fueron claves en la identificación criminal por dos circunstancias: primero, porque permitían diferenciar a un individuo de entre todos los demás, y en segundo lugar, porque la presencia de huellas dactilares era y sigue siendo una evidencia, un indicio criminal, muy común.
La medicina, precisamente a través de la Medicina Legal y Forense, juega un papel primordial en este proceso, ya que muchas veces el médico ayuda a determinar la identidad de una persona, mediante correlación de datos antropométricos y otros de variada naturaleza al momento de la autopsia, plasmándola en documentos médico legales de importancia, como el certificado médico de defunción o documento equivalente en cada país; en ausencia de identificación adecuada, no se puede expedir el certificado médico de defunción, y habría de procederse a la realización de la autopsia judicial procedente.
Ya en el momento del nacimiento es el médico o habitualmente la matrona que atiende el parto, quienes certifican el nacimiento de una persona niño o niña, base para la inscripción en el registro civil y lugar donde nace la identidad civil de la persona. Sírvame este documento para resaltar, en este contexto profesional, la fragilidad de este sistema de identificación, común a la mayoría de los países, que nunca investiga con criterios científico-técnicos la maternidad, ni establece un nexo inequívoco que vincule a la madre con el recién nacido, de modo que hemos de confiar en el buen hacer de los profesionales sanitarios (médicos, enfermeras, matronas, auxiliares) para la correcta entrega de un hijo a su familia.
No es este tema que nos ocupe en este momento, pero quede desde ya reflejada nuestra llamada de atención al respecto, con objeto de que se facilite en los foros adecuados una reflexión seria sobre el tema en un mundo futuro inmediato en el que una correcta identificación (lamentable por motivos de seguridad) parece ser clave, aunque hay problemas ya actuales donde una inadecuada identificación agrava la resolución de ciertos problemas penales (pérdida y tráfico de menores, secuestros, falsas adopciones).
  1. En el ámbito del derecho penal, los delitos tipificados como de mayor gravedad (violación, otros ataques contra la libertad sexual, homicidio, asesinato) suelen dejar en la escena o escenas del crimen, indicios biológicos que permiten un estudio adecuado de los mismos, con el objeto de tratar de responder a dos de las más típicas preguntas de la investigación criminal: qué personas estaban implicadas y cómo pudieron ocurrir los hechos.
    Los indicios biológicos criminales, o sea, aquellos restos encontrados en la escena del crimen que proceden de órganos y
    tejidos del ser humano (en mínimos casos de animales o plantas), en los cuales hay células y de los cuales podemos en consecuencia obtener ADN, están presentes en la mayoría de los casos de violación y homicidio. Es muy raro que se produzcan los hechos anteriores sin que exista una cierta violencia o la posibilidad de intercambio de células entre la víctima y el agresor, o entre alguno de ellos y el medio.
    Siendo en crímenes especialmente graves tan frecuentes los indicios biológicos, no cabe duda de que la adecuada búsqueda, detección, recolección,
    almacenamiento, envío y custodia de los mismos y de sus resultados, constituyen una pieza básica en el procedimiento criminal y en la resolución de los casos que en cualquier momento se produzcan.
    Hoy en día, en los alborotados albores del siglo XXI, no cabe duda de que el análisis con ADN con fines de identificación ha alcanzado un grado de
    desarrollo enorme, y es prueba usada y aceptada universalmente tanto en el ámbito de la investigación biológica de la paternidad o maternidad (campo civil) como en la resolución de casos criminales (campo penal).
    Aunque persisten lo que podemos calificar como retos técnicos (mejorar
    técnicas de análisis de ciertos sustratos como huesos, acelerar y abaratar los procesos analíticos), las técnicas han llegado a un nivel de perfección y fiabilidad tan grande que se permitió, hace ya algún tiempo afrontar lo que es la última fase técnica, la creación de bases de datos.
    El uso masivo y sistemático de los análisis de ADN ha generado y genera una cantidad de
    información extraordinaria, la cual ha de almacenarse de modo racional y ordenado para su posterior uso. Surge así la necesidad de las denominadas ‘bases de datos genéticas", lugares donde se almacena (usualmente en ordenadores, informatizadas) de modo ordenado y coherente cualquier tipo de información, que luego es rescatada de modo semi-automático, con rapidez y exactitud, de acuerdo a parámetros previamente establecidos. En general, el acceso a cualquier tipo de base de datos es más o menos restringido, dependiendo de la trascendencia de los datos almacenados, siendo los más protegidos aquellos que contienen información sobre la "intimidad" de las personas.
    En el ámbito científico nadie duda que una de las más importantes vías de
    conocimiento es el que deriva del manejo apropiado de los datos que se van generando en diversas investigaciones, algunas de ellas inicialmente ni siquiera relacionadas. Campos enteros del saber, como la epidemiología y la bioestadística, aposentan sus raíces en el estudio matemático de los datos acumulados por los investigadores, con el simple objeto de obtener resultados sólidos y objetivos.
    Por ello, nadie puede dudar que acumular datos es necesario, y nadie puede acotar la libre generación de los mismos, en tanto en cuanto sean útiles a la
    sociedad en general y a las personas en particular, y en tanto no se atente contra superiores derechos y libertades.

miércoles, 16 de mayo de 2012

BASES DE DATOS GENÉTICAS DE IDENTIFICACIÓN CRIMINAL (BDGIC)


Las mismas pretenden colaborar en la resolución de casos judiciales criminales permitiendo a las fuerzas investigadoras la comparación automatizada de perfiles de ADN procedentes de diversas fuentes: indicios no identificados de la escena del crimen, muestras de referencia de sospechosos o convictos y muestras de referencia de víctimas.
Tras las comparaciones pertinentes y con un número suficiente de muestras analizadas, se puede comprobar, por ejemplo, si una persona (imputado, procesado o condenado) ha dejado indicios biológicos en más de una escena criminal o sobre más de una víctima; este es uno de los medios más eficaces de controlar a los criminales en serie y a los delincuentes reincidentes, muy típico en casos de violaciones; cuando la búsqueda en las bases de datos pone en relación un presunto criminal con unos indicios (léase, con un delito), aparece lo que se denomina "identificación en frío" o, en terminología anglófona, "cold hit". Del mismo modo, comparando el ADN de un indicio con el de otros indicios, se puede encontrar que una serie de violaciones han sido cometidas por la misma persona, porque el ADN del esperma coincide en todos los casos, pese a que aún no se haya podido detener a ningún responsable.
No es cuestión de relatar todas las posibilidades de las bases de datos, pero es indiscutible su utilidad en todos los países donde se ha puesto en marcha.
Como se mencionó con anterioridad, existen diferentes bases de datos criminales en marcha en este momento, y entre todas ellas, la que nos parece que tiene más capacidad de aplicación en general es el sistema CODIS (Combined DNA Index System) desarrollado en Estados Unidos por el FBI, y de aplicación positiva en la práctica. Las ventajas que hacen de CODIS un gran instrumento de trabajo pueden resumirse en las siguientes:
· Diseñado para permitir la compatibilidad y el trabajo independiente de diferentes laboratorios.
· Posibilidad de acumulo e intercambio de datos a diferentes niveles: local (L-DIS), estatal (5-DIS) y nacional (N-DIS); el conjunto es lo que conf orma el sistema CODIS.
· Contiene diferentes apartados o índices, incluyendo los criminales (indicios, sospechosos, condenados...) y civiles de personas desaparecidas (cadáveres y huesos sin identificar y familiares de referencia).
· Instalación y asesoramiento gratis por parte de Estados Unidos a través del FBI a los laboratorios oficiales de los diferentes países, siempre que haya una petición oficial y se den una serie de circunstancias favorables.
Siendo éste un modelo ideal, es evidente que cada país habrá de seguir un sistema de acuerdo a las disposiciones legislativas y a las necesidades peculiares de cada uno. La regulación legal sobre el funcionamiento de las mismas queda recogida en el apartado correspondiente de este artículo, bajo el epígrafe "Aspectos legislativos a considerar en la creación de Bases de Datos Criminales".
Las bases de datos pueden contener sólo datos alfanuméricos, ADN extraído o material biológico. Como tal, bases de datos son sólo las primeras, es decir, aquellas que en un soporte habitualmente informático (pueden estar copiadas en papel como mecanismo de seguridad), contienen letras y números que identifican a una persona de entre todas las demás. Las agrupaciones de muestras biológicas y de ADN ya extraídos (obtenido o "sacado" del interior del núcleo celular) son realmente "archivos biológicos".


 Bases de datos de identificación genética:
Corresponden al primer grupo y contienen números y letras asociados al código de identificación de una persona. Aparecen en los ejemplos de la tabla 2 (ADN nuclear en la tabla 1.a. y ADN mitocondrial en la tabla 1.b.). Son bases virtuales, o sea, datos que existen simplemente en archivos informáticos o impresos en papeles. El acceso a los datos debe estar perfectamente controlado, y las conclusiones que se pueden obtener de los mismos va a depender de los programas informáticos que se autoricen por las diferentes legislaciones.


 Archivos de ADN:
No son bases de datos como tales, en tanto no acumulan "datos" a los que se puede acceder de modo automatizado, sino que contienen muestras de ADN, normalmente congelado, ya extraído del núcleo celular y de las mitocondrias, dispuesto para ser analizado (en sus regiones codificantes y no codificantes) con la técnica o técnicas adecuadas. Suele confundirse, por parte de personas inexpertas, pero también lamentablemente por algunos profesionales, este tipo de archivos con las bases de datos, y se advierte de la necesidad de una especialísima y restrictiva regulación para las bases de datos, argumentando que podrían obtenerse datos críticos de las mismas; lo anterior oscila entre lo dudoso y lo imposible, ya que son los incontrolados archivos de ADN y de muestras biológicas (ver punto siguiente, 1.3.) los lugares físicos que mayor peligro suponen como medio para transgredir derechos fundamentales.
Por lo que pudiere afectar a los laboratorios forenses, querríamos destacar que muchas veces la cantidad y calidad de las muestras de ADN que se almacenan son tan mínimas, que no permitirían los análisis de ciertos fragmentos de ADN, especialmente de los grandes fragmentos (kilobases) que habitualmente conforman los exones, que contienen información sobre genes (características personales, hereditarias o no)

 Archivos de muestras biológicas:
No son ‘bases de datos" en sí, ya que representan una especie de "escalafón inferior" en comparación con los archivos de ADN. Cualquier laboratorio forense o de análisis clínicos, hospital, sanatorio, etc., almacena muestras biológicas (sangre, orina, biopsias) de modo más o menos controlado. A las mismas se puede o podría acceder y proceder a obtener ADN para realizar posteriores análisis de uno u otro
A este apartado aplicaríamos exactamente los mismos comentarios que al anterior, ya que cumple las mismas características. Llegados al absurdo, muestras biológicas de las más diversas personas quedan depositadas todos los días en lugares públicos (bares, restaurantes, peluquerías), y si se hiciese una legislación restrictiva al efecto, no debería descartarse la posibilidad de incluir esas posibles fuentes de muestras entre los lugares específicamente considerados, otorgando a los profesionales que trabajan en los mismos un estatuto especial, con sus obligaciones pertinentes, entre ellas la inmediata y total destrucción de esas muestras.
 IMPORTANCIA MÉDICO LEGAL DE LAS BASES DE DATOS DE ADN
En los Estados de Derecho, la identificación humana surge básicamente como una necesidad civil y penal, aunque directamente relacionada con otras esferas del derecho, donde la identificación se asume como correcta (piénsese en operaciones mercantiles, de derecho internacional, financieras, etc.).
Pero además de una necesidad legal, la identificación humana, saber con seguridad absoluta quién es cada persona o en qué grupo familiar encaja, es una necesidad social y, más aún, humana a la que no podemos sustraemos desde la medicina y el derecho.
Desde tiempos inmemoriales, el ser humano ha tratado de identificar e identificarse por los medios disponibles en cada momento. El propio uso de nombres donde se cita la ciudad de origen (Tales de Mileto, Erasmo de Rotterdam) no es sino un intento de filiar adecuadamente a las personas o de aportar detalles que los identifiquen con más exactitud.
Desde las descripciones someras, pero exactas, que se incluían en algunos salvoconductos medievales, hasta el análisis de regiones genéticas hipervariables del ADN no codificante o a las variaciones interindividuales en el iris, mucho ha evolucionado la humanidad. No cabe duda de que el primer gran avance en identificación lo supuso, a finales del siglo XIX y principios del XX, la introducción del uso de las huellas dactilares y de la lofoscopia en general. Las huellas dactilares fueron claves en la identificación criminal por dos circunstancias: primero, porque permitían diferenciar a un individuo de entre todos los demás, y en segundo lugar, porque la presencia de huellas dactilares era y sigue siendo una evidencia, un indicio criminal, muy común.
La medicina, precisamente a través de la Medicina Legal y Forense, juega un papel primordial en este proceso, ya que muchas veces el médico ayuda a determinar la identidad de una persona, mediante correlación de datos antropométricos y otros de variada naturaleza al momento de la autopsia, plasmándola en documentos médico legales de importancia, como el certificado médico de defunción o documento equivalente en cada país; en ausencia de identificación adecuada, no se puede expedir el certificado médico de defunción, y habría de procederse a la realización de la autopsia judicial procedente.
Ya en el momento del nacimiento es el médico o habitualmente la matrona que atiende el parto, quienes certifican el nacimiento de una persona niño o niña, base para la inscripción en el registro civil y lugar donde nace la identidad civil de la persona. Sírvame este documento para resaltar, en este contexto profesional, la fragilidad de este sistema de identificación, común a la mayoría de los países, que nunca investiga con criterios científico-técnicos la maternidad, ni establece un nexo inequívoco que vincule a la madre con el recién nacido, de modo que hemos de confiar en el buen hacer de los profesionales sanitarios (médicos, enfermeras, matronas, auxiliares) para la correcta entrega de un hijo a su familia.
No es este tema que nos ocupe en este momento, pero quede desde ya reflejada nuestra llamada de atención al respecto, con objeto de que se facilite en los foros adecuados una reflexión seria sobre el tema en un mundo futuro inmediato en el que una correcta identificación (lamentable por motivos de seguridad) parece ser clave, aunque hay problemas ya actuales donde una inadecuada identificación agrava la resolución de ciertos problemas penales (pérdida y tráfico de menores, secuestros, falsas adopciones).
  1. En el ámbito del derecho penal, los delitos tipificados como de mayor gravedad (violación, otros ataques contra la libertad sexual, homicidio, asesinato) suelen dejar en la escena o escenas del crimen, indicios biológicos que permiten un estudio adecuado de los mismos, con el objeto de tratar de responder a dos de las más típicas preguntas de la investigación criminal: qué personas estaban implicadas y cómo pudieron ocurrir los hechos.
    Los indicios biológicos criminales, o sea, aquellos restos encontrados en la escena del crimen que proceden de órganos y
    tejidos del ser humano (en mínimos casos de animales o plantas), en los cuales hay células y de los cuales podemos en consecuencia obtener ADN, están presentes en la mayoría de los casos de violación y homicidio. Es muy raro que se produzcan los hechos anteriores sin que exista una cierta violencia o la posibilidad de intercambio de células entre la víctima y el agresor, o entre alguno de ellos y el medio.
    Siendo en crímenes especialmente graves tan frecuentes los indicios biológicos, no cabe duda de que la adecuada búsqueda, detección, recolección,
    almacenamiento, envío y custodia de los mismos y de sus resultados, constituyen una pieza básica en el procedimiento criminal y en la resolución de los casos que en cualquier momento se produzcan.
    Hoy en día, en los alborotados albores del siglo XXI, no cabe duda de que el análisis con ADN con fines de identificación ha alcanzado un grado de
    desarrollo enorme, y es prueba usada y aceptada universalmente tanto en el ámbito de la investigación biológica de la paternidad o maternidad (campo civil) como en la resolución de casos criminales (campo penal).
    Aunque persisten lo que podemos calificar como retos técnicos (mejorar
    técnicas de análisis de ciertos sustratos como huesos, acelerar y abaratar los procesos analíticos), las técnicas han llegado a un nivel de perfección y fiabilidad tan grande que se permitió, hace ya algún tiempo afrontar lo que es la última fase técnica, la creación de bases de datos.
    El uso masivo y sistemático de los análisis de ADN ha generado y genera una cantidad de
    información extraordinaria, la cual ha de almacenarse de modo racional y ordenado para su posterior uso. Surge así la necesidad de las denominadas ‘bases de datos genéticas", lugares donde se almacena (usualmente en ordenadores, informatizadas) de modo ordenado y coherente cualquier tipo de información, que luego es rescatada de modo semi-automático, con rapidez y exactitud, de acuerdo a parámetros previamente establecidos. En general, el acceso a cualquier tipo de base de datos es más o menos restringido, dependiendo de la trascendencia de los datos almacenados, siendo los más protegidos aquellos que contienen información sobre la "intimidad" de las personas.
    En el ámbito científico nadie duda que una de las más importantes vías de
    conocimiento es el que deriva del manejo apropiado de los datos que se van generando en diversas investigaciones, algunas de ellas inicialmente ni siquiera relacionadas. Campos enteros del saber, como la epidemiología y la bioestadística, aposentan sus raíces en el estudio matemático de los datos acumulados por los investigadores, con el simple objeto de obtener resultados sólidos y objetivos.
    Por ello, nadie puede dudar que acumular datos es necesario, y nadie puede acotar la libre generación de los mismos, en tanto en cuanto sean útiles a la
    sociedad en general y a las personas en particular, y en tanto no se atente contra superiores derechos y libertades.
Marcadores genéticos que se usan en genética forense
Los marcadores genéticos que se utilizan actualmente están constituidos por regiones de ADN repetitivo que presentan una gran variabilidad de tamaño entre los distintos individuos de una población. Estas regiones como ya hemos dicho, se conocen con el nombre de regiones polimórficas. El principio básico de estos polimorfismos genéticos de estas regiones reside en la variación del número de veces que se repite en tándem una secuencia determinada (una repetición en tándem es una secuencia corta de ADN que se repite consecutivamente, en un locus específico). Según esto se clasifican en:
  • VNTR (acrónimo inglés: Variable Number of Tandem Repeats: número variable de repeticiones en tándem). Son locus cuyos alelos difieren por tener un número variable de repeticiones en tándem. Un ejemplo de VNTR en humanos es una secuencia de ADN de 17 pb que se repite entre 70 y 450 veces en el genoma. El número total de pares de bases en ese locus puede así variar entre 1190 y 7650. Ventajas de estos polimorfismos:
  1. Son MUY variables en la población: los perfiles de ADN varían de una persona a otra, por tanto podemos afirmar que no existen dos personas con el mismo número de repeticiones en tándem. Cuando se comparan los perfiles de un solo locus VNTR para individuos no relacionados entre sí, habitualmente son diferentes. No obstante, es posible que dos personas tengan el mismo perfil en uno o dos loci por casualidad. Sin embargo, la probabilidad de que dos personas tengan el mismo perfil de ADN en 4, 5 o 6 loci VNTR diferentes es extremadamente baja. Cuando se usan los perfiles de ADN con fines medico-legales, se analizan de 4 a 6 loci VNTR diferentes.
  2. El número de repeticiones es heredable. Dado que recibimos un cromosoma de cada tipo del padre y otro de la madre, tendremos un número de repeticiones proveniente de éste y otro de ésta. En forma de esquema, consideremos los individuos A y B. Supongamos que existen dos hipotéticos VNTR, uno de ellos en una cierta región del cromosoma 6 y otro en el 15.
Existen dos tipos de polimorfismos de repetición de uso en diagnóstico genético, los VNTR-minisatélites y los VNTR-microsatélites.
  • Los VNTR-minisatélites o MVR (minisatellite variant repeats) son loci que corresponden a secuencias de ADN de unas pocas decenas de nucleótidos (sobre 30 pares de bases) repetidas en tándem. El número de dichas repeticiones varía de cromosoma a cromosoma. La singularidad más especial de este tipo de polimorfismos está en que cada loci puede presentar muchos alelos distintos (tantos como repeticiones), sin embargo presentan el inconveniente que no están distribuidos por todo el genoma y por lo tanto solo pueden ser utilizados en el diagnostico de un número muy reducido de casos. Los VNTR-minisatélites han encontrado su máxima aplicación en la determinación de la paternidad y en los protocolos de identificación genética en el ámbito judicial. Cuando se habla de huellas dactilares del ADN se está hablando de este tipo de polimorfismo.
  • Los VNTR-microsatélites o STR (short tandem repeats) Corresponden a la repetición en tándem de secuencias de entre 2 y 5 nucleótidos. Los microsatélites presentan dos características que los hacen ideales para su uso. En primer lugar, están distribuidos de forma casi homogénea por todo el genoma y en segundo lugar, presentan un número elevado de alelos con frecuencias similares entre sí, de forma que la probabilidad de que un individuo sea heterocigoto es muy elevada (presentan una alta heterocigosidad).
Estas regiones hipervariables pertenecen al denominado “ADN no codificante” son regiones no conservadas y por tanto no sujetas a una presión selectiva intensa, originando un gran número de variantes, que son los que denominamos alelos. Estas zonas llamadas polimórficas son las que nos interesan en genética forense para poder diferenciar unas muestras de otras. Por tanto, no es interesante analizar la molécula de ADN completa, principalmente por dos razones:
  • Se tardaría mucho tiempo y
  • La mayor parte de la molécula es común en todos los humanos y no se podrían distinguir